Este martes se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la definición y las condiciones que han de cumplir los bienes y los rendimientos asegurables en relación con el seguro de explotaciones de multicultivo de hortalizas, comprendido en el correspondiente Plan de Seguros Agrarios Combinados.

Queda definido en la Orden APA/72/2022, de 27 de enero, publicada esta jornada en el BOE, los bienes y rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de explotaciones de multicultivo de hortalizas.

Asimismo, en lo que refiere al rendimiento y al valor de la producción, serán asegurables las explotaciones de hortalizas, con tres o más cultivos diferentes, cuyo valor de producción no supere la cantidad total de 200.000 euros.

El valor de la producción podrá ser libremente fijada por cada agricultor para cada parcela en la declaración de seguro, pero tal valor deberá ajustarse a las esperanzas reales de producción y teniendo en cuenta que el valor total de la producción en euros por hectáreas tendrá que acogerse a los niveles estipulados en la orden que publica el BOE.

La orden estará en vigor este próximo miércoles, 9 de febrero y el periodo de suscripción del seguro regulado en esta orden se iniciará el 1 de marzo y finalizará el 31 de mayo, ha especificado el BOE.

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