Hace apenas unas semanas desde que el Consejo de Ministros aprobó en primera lectura y por unanimidad el anteproyecto de Ley de Patentes remitido por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, un anteproyecto que sustituirá en breve a la Ley de Patentes 11/1986 del 20 de marzo, más conocida como ‘Ley anti-Patentes’ en ciertos sectores de la industria debido a los largos trámites burocráticos que imponía, entre otros aspectos.

Los objetivos propuestos en el anteproyecto se basan, sobre todo, en el establecimiento de un sistema de patentes más flexible, rápido y fluido que sea capaz de reducir los trámites administrativos, adaptándose así a la legislación de la Unión Europea y del resto del mundo, pero también en el impulso de la calidad, desincentivando así las solicitudes de patentes que no reflejen la calidad requerida. No en vano, instituciones como el Consejo Económico y Social (CES) creen que el nuevo texto legal fomentará aspectos como la investigación y la innovación.

Respaldo a la I+D+I

La normativa del año 86 promovía la adaptación de la legislación española a las normas de protección de patentes y marcas de la Comunidad Europea, pero sólo en teoría, ya que en la realidad nunca llegaban a materializarse estos objetivos, con el consecuente perjuicio para los creativos e inventores.

El antiguo texto del 86 es mejorable; sin ir más lejos, alrededor del 85% de las patentes con efectos en España han sido concedidas por la Oficina Europea de Patentes. El anteproyecto de Ley tiene como una de sus finalidades reducir las cargas administrativas y los trámites a la hora de patentar un nuevo producto, lo que implica un impulso importante a la innovación en España.

Entre las modificaciones que aporta el anteproyecto de Ley destacan dos; la primera de ellas se basa en el hecho de que para obtener una nueva patente habrá que pasar un examen previo siempre, eliminando así el sistema vigente en el que coexisten las patentes que requieren examen y las que no lo requieren. Este sistema supone una restricción a la libre competencia, ya que no protege la acreditación de las nuevas creaciones. La segunda modificación consiste en la supresión del llamado como periodo de gracia para las divulgaciones de la patente llevadas a cabo por el propio interesado. Así se evita, según señalan diversas instituciones, la creación de monopolios que protejan invenciones que formen parte del dominio público.

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